Comunidad Campesina de Miramar y Vichayal rechazaron la Ley 32293 que vulnera la propiedad de territorio comunal

Durante una jornada de capacitación en la que abordaron diversos aspectos relacionados con los derechos comunales, los directivos y comuneros de la Comunidad Campesina de Miramar y Vichayal, en la provincia de Paita, región Piura, rechazaron los alcances de la Ley N° 32293, aprobada por el Congreso de la República, la misma que vulnera la propiedad del territorio comunal.

Abogado Cárdenas Gonzales

Tal como lo han expresado los dirigentes de la Confederación Campesina del Perú, así como otras organizaciones campesinas e instituciones especializadas, esta ley promulgada por insistencia del Congreso, esta norma viola la propiedad de las comunidades campesinas e indígenas, favorece el tráfico de tierras y desconoce derechos protegidos por la Constitución, el Convenio 169 de la OIT y la Ley de Consulta Previa.

Este fue uno de los aspectos que se abordó durante la jornada de capacitación que se realizó el último sábado 28 de junio en el local comunal, que estuvo a cargo del abogado Víctor Raúl Cárdenas Gonzáles, representante del Instituto Latinoamericano de Capacitaciones Jurídicas.

En su intervención el especialista abordó la importancia del estatuto comunal, la defensa y protección de la identidad comunal ancestral, de los recursos naturales como las aguas, suelos, bosques, así como otros como los recursos minerales que alberga el territorio comunal.

Los comuneros en defensa de sus derechos comunales

De igual manera, Cárdenas Gonzales se refirió a los derechos y obligaciones de los comuneros, los mismos que están establecidas en la Ley General de Comunidades Campesinas, Ley N° 24656, y destacó el derecho de la comunidad de proteger sus recursos naturales frente a los abusos de las empresas extractivistas.
Con relación a la Ley N° 32293, se remarcó que representa un grave retroceso en la protección de los derechos colectivos de las comunidades campesinas y que su aprobación por parte del Congreso viola no solo la propia Constitución Política del Perú sino también los derechos colectivos de las comunidades campesinas.