Acceso a la tierra por la expropiación: 329.667 hectáreas conquistadas
La tenencia de la Tierra en Paraguay

Paraguay presenta la distribución de la tierra más desigual del mundo. Los datos más recientes (Censo Agropecuario Nacional – CAN – 2008) señala el índice de Gini para la distribución de la tierra es de 0,93. Un pequeño círculo de personas, empresarios agroganaderos con importante participación de propietarios extranjeros, concentra casi toda la superficie apta para la explotación agrícola y ganadera, mientras que la inmensa mayoría de familias campesinas e indígenas carecen de tierra suficiente para subsistir. En la actualidad, en el país existen más de 300.000 familias campesinas sin tierras.
En la actualidad, las fincas agropecuarias totalizan 288.855 propiedades, sobre una superficie total de 31.086.893 de hectáreas. Las fincas de la agricultura familiar campesina corresponden a 264.117 propietarios/as ocupan 1.960.081 hectáreas; medianos/as propietarios/as poseen 17.364 fincas y 2.759.349 hectáreas de superficie y solamente 7.474 personas, grandes empresarios/as de los agronegocios, poseen 26.367.463 de hectáreas.
El 2,6% de los/as propietarios/as son dueños/as del 84,8 % de la tierra explotada. El 91% de propietarios/as son agricultores/as familiares, apenas ocupan el 6,3% del total de la superficie agropecuaria total, mientras que el restante 8,9% de las fincas son de medianos propietarios/as que poseen el 6% de las tierras.
La expropiación como medio para acceder a la tierra
La expropiación no es una política pública, pero es una figura de rango constitucional, a que en varias oportunidades la Organización Nacional Campesina (ONAC) ha recurrido para garantizar el acceso a la tierra a los/as agricultores/as familiares por falta de políticas de Estado que permita a los/as campesinos/as acceder a un pedazo de tierra o ante la falta de voluntad política de las autoridades de turno para dar solución a un conflicto social. La Constitución Nacional garantiza la propiedad privada y la inviolabilidad de la misma, así también establece que la tierra debe cumplir dos funciones: económica y social. Para asegurar que la tierra cumpla las funciones establecidas, la Ley suprema de la República permite al Estado la apropiación sobre la propiedad privada por razón de utilidad pública o interés social.
La expropiación en la Legislación Paraguaya
En Paraguay, la institución de la expropiación se remonta a la época del fin de la Guerra de la Triple Alianza. Aparece por primera vez en la Constitución liberal de 1870, no para beneficiar a la clase pobre ni para velar por el interés general, sino más bien para proteger las tierras de los grandes terratenientes emergentes, entre ellos el empresario español-argentino Carlos Casado. En este periodo, se inició la acumulación y extranjerización de las tierras por la subasta de tierras públicas, estrenando la era de las ventas masivas de tierras del Estado al mejor postor. Las consecuencias fueron desastrosas en lo político, económico y social.

Las políticas adoptadas claramente favorecieron al poder adquisitivo del gran comprador en desmedro de las familias campesinas paraguayas. El resultado fue la pérdida de territorios de la agricultura familiar de la época, con el masivo despojamiento de tierras a los agricultores/as y su consecuente expulsión del campo. También, propició el surgimiento de una nueva clase social en el país: el campesino sin tierra.
Para proteger a los grandes latifundistas, la confiscación de bienes queda eliminada para siempre de la legislación paraguaya. Desde entonces, en la misma línea, prácticamente con solo algunas pequeñas variantes en el texto, se ha mantenido en las sucesivas constituciones la figura de la expropiación, como la Constitución Nacional de 1940 que en su parte pertinente prescribe: Nadie puede ser privado de su propiedad sino en virtud de sentencia judicial, pero se admite la expropiación por causa de utilidad pública o de interés social, que será determinada en cada caso por ley.
Todas las normas, de rango constitucional, pretendían defender el derecho de la propiedad, rodeada de ciertas garantías que permitan el uso y goce de ella como inherentes al derecho real de dominio. La actual Constitución vigente desde el año 1992 contemplan una serie de derechos a la propiedad privada e inviolabilidad de la misma. Sin embargo, prevé la posibilidad de la expropiación por causa de utilidad pública o de interés social.
El artículo 109 de la Constitución Nacional establece: “Se garantiza la propiedad privada cuyo contenido y limites serán establecidos por la ley, atendiendo a su funciones económica y social, a fin de hacerla accesible a todos.
La propiedad privada es inviable.
Nadie puede ser privado de su propiedad privada sino en virtud de sentencia judicial, pero se admite la expropiación por causa de utilidad pública o de interés social, que será determinada en cada caso por la ley. Esta garantiza en cada caso el precio de pago de una justa indemnización, establecida convencionalmente o por sentencia judicial, salvo los latifundios improductivos destinados a la reforma agraria, conforme con el procedimiento para las expropiaciones a establecerse por ley”.
Casos de Expropiación de la ONAC
La ONAC es un gremio de la agricultura familiar campesina. En varias oportunidades utilizó como última instancia la expropiación para garantizar a los/as socios/as el acceso a la tierra. Pero, antes se debe cumplir una serie de condiciones: a) tener conformada una comisión sin tierra comprometida con la gremial conformada por campesinos/as sin tierra; b) reivindicar pacíficamente y realizar gestiones sobre una finca determinada; c) la reivindicación de la tierra no debe responder a un partido político y no debe tener fin electoralistas; d) haya agotados todas las instancias administrativas, y e) articular con las autoridades del Parlamento Nacional, preferentemente del departamento, para presentar e impulsar el proyecto de ley de expropiación.
Por la vía de la expropiación, la ONAC busca responder a la demanda de tierras de agricultores/as familiares ante la ausencia de políticas de Estado específica diseñada para ese fin. El acceso a la tierra es el principal problema que enfrentan las familias campesinas en el país, sin embargo, la misma constituye el bien primario e inherente para la subsistencia de la familia agricultora en el campo. La extranjerización de la tierra y el avance de la agricultura empresarial han elevado el precio a un nivel que los/as agricultores/as familiares no tienen la mínima posibilidad de comprar por si misma un pedazo de tierra, sin la intervención del Estado.
Hasta la actualidad, el Estado paraguayo y las instituciones responsables no han logrado implementar el mandato constitucional de una reforma agraria que promueva el desarrollo rural con adopción de sistemas de distribución equitativos, propiedad y tenencia de la tierra, incorporando a la población campesina como actor estratégico al desarrollo económico y social de la Nación. Más bien, ha implementado medidas a favor de los intereses de los sectores latifundistas, provocando el aumento de la histórica desigualdad en la tenencia de la tierra y la acumulación de las riquezas en manos de unas pocas personas.
La ONAC, en forma exitosa en al menos cuatro oportunidades ha invocado la expropiación de la propiedad privada para dar solución a la lucha de los/as campesinos/as sin tierra que se arrastraban por años en las instituciones sin respuestas, apelando a la necesidad de que el Estado coercitivamente asuma la titularidad de las tierras para dar solución a un problema social y también ambiental. La salida planteada se hace cuando el dueño de la propiedad se niega a vender al Estado para destinar a la reforma agraria o el dueño expresa la voluntad de vender, pero la institución del Estado responsable se niega a comprar, existiendo grupo sin tierra organizado en comisión vecinal que reivindican la compra por cuestiones humanitaria o para hacer justicia histórica a fin de restaurar la paz social en el territorio.
1)- En fecha 29 de mayo de 1995, el Congreso Nacional declaró de utilidad pública y de interés social y expropió a favor del Instituto Bienestar Rural, hoy Instituto Nacional de Desarrollo Rural y de la Tierra (Indert), el inmueble con una superficie total de 267.836 hectáreas propiedad de Comercial e Inmobiliaria Paraguayo-Argentina S.A. (CIPASA), ubicada en los departamentos de Concepción y Amambay. Esta fue la primera expropiación de tierra planteada por la ONAC invocando el interés social para fines de la reforma agraria y interés general destinadas a la creación del Parque Nacional Paso Bravo, con una superficie de 103.018 hectáreas.
2)- El 31 de agosto de 1995, la Cámara de Senadores expropia 7.137 hectáreas para fines de la reforma agraria del inmueble ubicada en el departamento de Amambay. En la época, significó causa de conmoción nacional que exigía reparación histórica para devolver la paz social debido a que el 19 de abril de 1995 el presidente de la organización de base, Pedro Balbuena Cohene, fue ejecutado por sicarios contratados por los supuestos dueños.
3)- El 02 de setiembre del 1999, la Cámara de Diputados aprobó la ley de desafectación de 2.000 hectáreas de las tierras propiedad de las Fuerzas Armadas, ubicada en el departamento de Canindeyú. La Ley estableció que una fracción de 200 hectáreas fuese cedido a la Municipalidad de Curuguaty, para la ampliación de la zona urbana y 100 hectáreas transferida a favor del Ministerio de Agricultura y Ganadería. Las fuerzas armadas son una de las mayores terratenientes, el 1,5% del territorio nacional pertenecen a los militares.
4)- El 22 de agosto del 2005, por utilidad pública y de interés social la Cámara de Senadores aprueba la Ley de Expropiación de 52.694 hectáreas ubicadas en los departamentos de Alto Paraguay y Presidente Hayes, Chaco paraguayo. En pleno siglo XXI, en el lugar estaba vigente el sistema feudal. Las tierras expropiadas pertenecieron a Carlos Casado, quien en menos de cinco años en la década de 1870 compró del Estado 5.625.000 hectáreas de tierras, superficie comparable a una nación como Croacia o Costa Rica.
La incidencia clave para la expropiación
El acceso a la tierra por la vía de la expropiación es un proceso complejo, requiere articular con todos los sectores en lo político, social y eclesiástico. Principalmente, la organización de base debe tener conciencia de que es una prueba de resistencia; puede llevar años de lucha y estar preparada para llevar a cabo algunas acciones de gran sacrificio. Entonces, es necesario una incidencia interna, es decir, los socios que integran la organización de base tengan sentido de pertenencia y lealtad a la organización nacional. La incidencia interna permite a la gremial controlar las acciones de la base y para la ONAC constituye el pilar fundamental en el proceso de reivindicación de la tierra.
La ONAC siempre ha recurrido a la conmoción social para iniciar plantear la expropiación, que generalmente resulta en proceso largo y agotador en lo psicológico y físico. La expropiación requiere de muchas negociaciones y es necesaria incidencia política para lograr el resultado. Convencer a las autoridades que al expropiar una propiedad privada resolverá un problema social no es una cuestión que se hace de la noche a la mañana. Pueden llevar meses e incluso varios años de permanente dialogo y negociación para conseguir el apoyo de las autoridades que responden a otros sectores.
El actuar de las autoridades y la posición política sobre una cuestión controvertida, como privar a una persona de su propiedad, es relativa y generalmente se inclina hacia donde existe mayor número de adherentes en la sociedad. Lograr que las autoridades aprueben la expropiación resulta mucho más fácil si se consigue el apoyo masivo de la ciudadanía. Además de la incidencia política, también es necesario incidencia de la organización sobre el colectivo social.
En Paraguay, la institución con mucha influencia sobre las personas y en lo político, es la Iglesia Católica. En algunos casos, la cúpula eclesiástica de los territorios en cuestión respaldó la iniciativa de la expropiación y en ciertas medidas fue determinante para lograr el objetivo. La Diócesis de Concepción, desde el inicio apoyó, con aporte en lo social y político, la expropiación de las 267.836 hectáreas de Comercial e Inmobiliaria Paraguayo-Argentina S.A. (CIPASA), ubicada en los departamentos de Concepción y Amambay. El apoyo de la Iglesia Católica significa tener como aliado una institución formadora de opiniones con un gran poder de convencimiento, que goza de grandes influencias políticas.
Resultados
La ONAC, por la vía de la expropiación logró 329.667 hectáreas. En términos numéricos es difícil determinar los resultados, sin embargo, no se puede desconocer que directamente miles de familias de la agricultura familia campesina fueron las más beneficiadas por esta gran cantidad de tierra e indirectamente a miles de personas de la población en general. Las 329.667 hectáreas expropiadas causaron impactos positivos en el ámbito social, económico y ambiental.
En lo social, se puede mencionar a los miles de familias de la agricultura familiar campesina que tuvieron acceso a un pedazo de tierra para la producción de alimentos en cantidad y calidad. En pleno siglo XXI, a varias personas significo libertad personal y abandonar un sistema de esclavitud. Las tierras conquistadas por medio de las expropiaciones no solo satisficieron necesidades de familias sin tierras, sino también sirvieron para el propio Estado a hacerse presentes en los lugares que hasta entonces estaba ausente.
En lo económico, el acceso a la tierra posibilitó a miles de personas superar la línea de extrema pobreza extrema, con el acceso a otros servicios básicos indispensables para una vida digna como la vivienda, agua potable, energía eléctrica, salud y educación. Por otro lado, acceder a la tierra a las familias permitió poseer una fuente inagotable de generar recursos, que significó independencia económica y laboral. Hasta hoy día, estas tierras generan e inyectan cantidades incalculables de recursos a la economía nacional.
En lo ambiental, en la actualidad unas 200.000 hectáreas están cubiertas por la vegetación nativa. Hogar de miles de especies nativas de animales. Una superficie considerable para la actualidad en que el mundo sufre de las consecuencias de la depredación ambiental por el hombre. Esta cantidad de vegetación conservada, en gran parte se debe al Parque Nacional Paso Bravo con una superficie de 103.018 hectáreas. En esta reserva natural, está ubicada el lago Ojo del Mar, que recibe visitas de todas partes del mundo. En el Ojo del Mar habita el cocodrilo blanco, única en su especie en Paraguay.
Conclusión
La ONAC en la adversidad, falta de políticas públicas que permitan el acceso a la tierra a las familias campesinas, ha demostrado tener suficiente capacidad de movilización, gestión, negociación e incidencia —política y social— para recurrir a una figura legalmente establecida, de rango constitucional, a fin de que los/as socios/as accedan a un pedazo de tierra, sin apelar a la violencia.
Así también, la experiencia organizativa permitió administrar y controlar una crisis, hasta encontrar respuestas para solucionar el problema, ante que se produzca un estallido social. El liderazgo de la ONAC desde el inicio de las gestiones originó el sentido de pertenencia de los/as sin tierra a la organización y el sometimiento de las bases a la disciplina gremial; respetaron y cumplieron las instrucciones recibidas desde la conducción política de la ONAC, por sobre todo acataron la recomendación de no realizar acciones imprudentes que pueda originar reacciones violentas de otros sectores.
Una vez que se cerraron las posibilidades por la vía administrativa, las bases demostraron unidad y motivación para emplear medios alternativos que permitan llegar al objetivo. La reivindicación de acceso a la tierra es una lucha en la que debe prevalecer la estrategia, pero que se lleva adelante con sentimientos encontrados, entre la pasión y la razón. Durante el proceso, todos son importantes y el uso de ningunos de los dos no deben ser descartados solo hay que saber en el momento oportuno para implementar.
El dialogo es el mayor valor organizacional de la ONAC. Las cantidades de tierras expropiadas no serían posibles sino fuera por la disposición de buscar negociar con todas las partes interesadas. Promover, defender y utilizar como herramienta reivindicativa el dialogo, en épocas de mayor criminalización de las organizaciones campesinas en Paraguay, permitió a la ONAC ser una organización diferenciada, respetada y socialmente aceptada por todos los sectores.
La expropiación no es la única figura utilizada por la ONAC para garantizar el acceso a la tierra a las familias campesinas, sino es una vía excepcional y de ultima instancia en la política organizacional en el proceso reivindicativo sobre la tierra. En Paraguay, conquistar tierra no es una tarea fácil, cuesta sudor, lágrimas y sangre. La reivindicación de tierra todavía es una lucha que, a las personas que tienen la osadía de encarar el desafío de exigir al Estado el cumplimiento de su derecho constitucional de acceder a un pedazo de tierra, les esperan al menos tres cosas: represión, cárcel y/o cementerio.


