[Audio] RAU comparte la posición de CNFR sobre acceso y propiedad de la tierra

La Red de Agroecología del Uruguay (RAU) marcó su posición acerca del proyecto de ley de urgente consideración (PLUC) presentado por Presidencia de la República al Parlamento. Además de una hacer una evaluación general del PLUC, esta organización de la sociedad civil pone el foco en tres de los aspectos que entienden relevantes: el acceso y la propiedad de la tierra; la creación del Instituto Nacional de la Granja; y las modificaciones propuestas al Sistema Nacional de Áreas Protegidas.

Hugo Bértola, integrante de la Coordinación Nacional de la RAU explicó que una delegación de esta entidad se reunió con la comisión especial del Senado que se ocupa del abordaje preliminar del PLUC, donde manifestaron su discrepancia con las modificaciones a la normativa vigente, ya sea por lo que propone o por el marco en el que el Parlamento deberá tratar temas de extrema relevancia.

El proceso de debate y aprobación o rechazo de un proyecto de ley bajo la modalidad de Urgente Consideración, según lo que estipula la Constitución de la República en su artículo 168, será el siguiente: la Cámara que reciba en primer lugar el proyecto deberá considerarlo dentro de un plazo de 45. La segunda Cámara tendrá 30 días para pronunciarse. Si se cumplen los plazos constitucionales para su tratamiento en cada Cámara sin que el proyecto hubiese sido expresamente rechazado, se reunirá la Asamblea General, que dispondrá de 10 días para su consideración. Si venciera este nuevo plazo sin pronunciamiento expreso se tendrá por sancionado el proyecto en la forma en que lo votó la última Cámara que le prestó expresa aprobación.

En cuanto a los contenidos de la PLUC, Bértola sostuvo que en la Comisión del Senado solamente se refirieron a los artículos vinculados directamente al sector agropecuario, aunque como personas y como organización, el total de los 502 artículos que contiene el proyecto de ley de una forma u otra también los alcanza, en tanto abordan cuestiones como seguridad; salud; educación; vivienda; y economía, entre otros.

En cuanto a acceso y propiedad de la tierra, en el documento elaborado por la RAU, sus integrantes comparten “la posición de Comisión Nacional de Fomento Rural (CNFR), gremial de agricultores familiares que ha estudiado con profundidad las políticas de colonización y de acceso a la tierra como bien social, sobre la inconveniencia de esta modificación, dado que su aplicación desafecta potencialmente una importante cantidad de hectáreas, por lo cual se desarticulan las Colonias, el Instituto pierde patrimonio y no se visualiza el interés general tras de esta modificación legal”.

Bértola fue enfático al aseverar que “no estamos de acuerdo en que las sociedades anónimas no nominativas puedan ser titulares de tierras”. En el documento resumen divulgado por la RAU, se expresa que “debe mantenerse la norma vigente que determina que los titulares del derecho de propiedad sobre inmuebles rurales y las explotaciones agropecuarias sean personas físicas, sociedades personales, sociedades agrarias y sociedades de fomento rural, manteniendo que para el caso de las sociedades, la totalidad de su capital social deberá hallarse representado por cuotas sociales o acciones nominativas cuya titularidad corresponda íntegramente a personas físicas”.

La creación del Instituto Nacional de la Granja es otro de los puntos sobre los que se expide la RAU, manifestando que “en coincidencia con muchos actores gremiales y políticos, creemos quo la creación de una nueva institucionalidad para el sector granjero (…) debe ser analizada con tiempo, y no debe ser tratada en el marco de una Ley de urgencia, dada la importancia social del sector, su aporte al empleo y a la soberanía alimentaria nacional. En momentos de vulnerabilidad socio económica y de salud por la pandemia de coronavirus, el sector granjero está llamado a asegurar en cantidad y calidad una alimentación saludable para toda la población, con una canasta de productos variados e inocuos, producidos con cuidado ambiental. En particular, el Fondo de la Granja debe ser orientado de acuerdo con amplios acuerdos, que consideren su articulación con la Ley 19717 y las propuestas de la Comisión Honoraria del Plan Nacional de Agroecología”.

Finalmente, la AU se opone a lo propuesto en los artículos 501 y 502 de la PLUC, que modifican la normativa y regulaciones de las áreas que integran el Sistema Nacional de Áreas Protegidas. En este sentido, la RAU plantea que “en un país donde gran parte de la superficie se encuentra dedicada a la producción agropecuaria, debemos transformar al agro en un sector que no solo conserve, sino que regenere la vida, el agua, el aire, el suelo, con prácticas agroecológicas que incorporen zonas de alta biodiversidad como parte de su diseño. Las Áreas protegidas y los predios agroecológicos contribuyen a la vida de las personas al actuar también en la mitigación y adaptación al cambio climático. Es una propuesta que incluye a las personas que viven del campo, mujeres, hombres y niños y jóvenes y que aporta a la salud de los consumidores”.

 

Documento redactado por la Red de Agroecología del Uruguay