Plantean pena carcelaria para quienes denigren a la mujer en internet
La Comisión de Equidad Social y Género de la Cámara de Diputados, en la reunión semanal llevada a cabo el 23 de noviembre, emitió dictamen de aprobación al proyecto de Ley “Que amplía la Ley 5.777/16 – De protección integral a las mujeres contra toda forma de violencia”, con el fin de castigar a los que utilizan medios telemáticos para denigrar a la mujer.
El proyecto de referencia propone una ampliación en el artículo 50, en donde incluye una pena privativa de libertad para los que promueven la cosificación de la mujer a través de medios telemáticos. La fundamentación del proyecto indica que Paraguay se debe adecuar al marco normativo de protección integral hacia las mujeres, comprendiendo el desenvolvimiento digital necesario de éstas como parte del ámbito de tutela planteado en la ley.
“El que difundiera o publicara mensajes, fotografías, audios, videos u otros, que afecten la dignidad o intimidad de las mujeres a través de las actuales tecnologías de información y comunicación, incluido el uso de estos medios para promover la cosificación, sumisión o explotación de la mujer, será castigado con pena privativa de libertad de seis meses a dos años o multa”, señala la propuesta.
Ley 5.777/16 establece políticas y estrategias de prevención de la violencia hacia la mujer, así como mecanismos de atención y medidas de protección, sanción y reparación integral, tanto en el ámbito público como en el privado; y tiene por finalidad promover y garantizar el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia. Además, incorpora la figura del feminicidio en el ordenamiento jurídico del país en el inciso a) del artículo 6, como una forma de violencia y lo tipifica en el artículo 50 con una pena privativa de libertad de 10 a 30 años.
Etiqueta:cámara de diputados, mujer, politicas de genero, proyecto, proyecto de ley, violencia
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