Los campesinos deben pagar 1% de impuestos por venta de la producción hasta mayo

Los agricultores familiares excepcionalmente hasta el 31 de mayo de este año deberán abonar el 1% del monto total de la comercialización de la producción en cualquier estado en concepto de impuestos, después volverá a ser de 3%. Así establece el Decreto Nº 5.024 firmado por el presidente de la Republica, Mario Abdo Benítez, el pasado miércoles 17 de marzo. El sector de la Agricultura Familiar Campesina en forma genérica se incluyó al sistema de recaudación de recursos del gobierno a través de la Resolución General N° 34 de la Secretaria del Estado de Tributación (SET), emitida el 14 de enero del 2.020.

“Establécese de manera excepcional, hasta el 31 de mayo de 2021, que los contribuyentes del Impuesto a la Renta Empresarial (IRE) quienes, conforme al artículo 93 del Anexo del Decreto N.° 3182/2019 deban retener el impuesto a personas físicas pequeños productores cuando adquieran productos agrícolas, frutícolas, hortícolas y pecuarios señalados en los incisos d) y e) del artículo 90 de la Ley N.° 6380/2019, aplicarán la retención del IRE, Régimen Especial, considerando como renta neta el diez por ciento (10 %) del precio de la operación, monto sobre el cual se aplicará la tasa general del IRE”, precisa el Decreto presidencial.

En enero del 2.020 entró en vigencia la Ley N° 6.380 del 25 de setiembre de 2019 “De Modernización y Simplificación del Sistema Tributario Nacional”. El nuevo sistema tributario se caracteriza por ser implacable en el cobro de tributo al pobre y permisivo con los ricos. Desde entonces, todos/as trabajadores/as o emprendedores/as que venden algo, en cualquier lugar y cantidad deben pagar impuestos. Con esta medida, el gobierno espera recaudar USD 300 millones al año.

En principio, la vigencia del nuevo sistema tributario no afectaba a agricultores/as de la AFC en general, solo en la venta de algunos productos específicos, más la SET por la Resolución General N° 34 incluyó en forma genérica los productos agrícolas, frutícolas, hortícolas y pecuarios. Para el cobro del impuesto se deberá tener en cuenta la cantidad de la Renta Neta, establecida en treinta por ciento (30%) sobre el precio de la operación. El valor de la renta neta es bastante discutido y todos los sectores del agro manifiestan que ningún rubro deja ganancia neta de 30%.