Gobierno cobrará impuesto a agricultores familiares por venta de la producción

La condición de vida y situación económica de la Agricultura Familiar Campesina (AFC) que por si sola es mala la tendencia es empeorar, ya que ahora deberá pagar impuesto. Los/as agricultores/as de la AFC en toda venta de la producción pagarán impuestos, sin importar la cantidad o condición socioeconómica. El segmento mas vulnerable de la población se incluyó al sistema de recaudación de recursos del gobierno a través de la Resolución General N° 34 de la Secretaria del Estado de Tributación (SET), emitida el 14 de enero del 2020.

El impuesto creado a la AFC al parecer completa el circulo vicioso del gobierno de sacar dinero de los pobres y complementa el amargo paquete de sorpresa por la llegada del año nuevo presentado por el gobierno al sector pobre de la población. Este año entró en vigencia la Ley N° 6.380 del 25 de setiembre de 2019 “De Modernización y Simplificación del Sistema Tributario Nacional”. El nuevo sistema tributario se caracteriza por ser implacable en el cobro de tributo al pobre y permisivo con los ricos. Ahora en adelante, todos/as trabajadores/as o emprendedores/as que venden algo, en cualquier lugar y cantidad deben pagar impuestos. Con esta medida, el gobierno espera recaudar USD 300 millones al año.

En principio, la vigencia del nuevo sistema tributario no afectaba a agricultores/as de la AFC en general, solo la venta de algunos productos específicos. El Articulo 93 del Anexo del Decreto N° 3.182/2019 crea el Régimen Especial de Personas Físicas Pequeños Productores. Este articulo dice que el comprador debe retener el valor del impuesto cuando adquiera de pequeños productores de poca significación económica pollos y huevos; plantas y flores; ladrillos, tejas, tejuelas, cal viva, arena y postes de madera; minerales; artesanía en general, excepto joyas; carne y grasa de cerdo; grasa vacuna, sebo vacuno en rama, astas vacunas, hiel vacuna fresca, huesos vacunos, cálculos biliares, desperdicios vacunos, pezuñas, vergas frescas; cueros y cerdas; rollos de madera, virutas de madera, rajas, leña y carbón vegetal; miel de caña; cáscara de arroz y paja de trigo y piedra bruta, arcilla, cuarcita y caolín.

Pero, la SET por la Resolución General N° 34 incluye en forma general los productos agrícolas, frutícolas, hortícolas y pecuarios. Para el cobro del impuesto se deberá tener en cuenta la cantidad de la Renta Neta, establecida en treinta por ciento (30%) sobre el precio de la operación. El valor de la renta neta es bastante discutido y todos los sectores del agro manifiestan que ningún rubro deja ganancia neta de 30%.

Primeramente, la SET manifestó intención de cobrar el 3% a los agricultores. Sin embrago, ante los reclamos del sector el monto quedó a 1%. La efectiva aplicación del nuevo impuesto a pequeños agricultores enfrenta grandes obstáculos e incertidumbre. Surgen más preguntas sin respuestas. Hasta el momento, nadie sabe que procedimiento se deberá aplicar y no existe un sistema pensado para atender a este sector, que debido a su condición especial de vulnerabilidad necesita de procedimiento sencillo, pero sobre todo quien va asumir el gasto extra generado.